En
los considerados señala: en fecha 24 de junio de 2013, ante la mesa de partes
de la Municipalidad Distrital de Checca, Yúber Alejandro Choquehuanca Roque y
Moisés Chino Labra, solicitaron la vacancia de los regidores Juan Luis Quispe
Huaicho y Ricardo Allpacca Roque, por haber ejercido injerencia en la
contratación de sus familiares en la entidad edil, incurriendo de esta manera,
a consideración de los recurrentes, en la causal de nepotismo, establecida en
el artículo 22, numeral 8, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades.
En
mérito a dicha solicitud, con fecha 7 de agosto de 2013, se realizó la Sesión
Extraordinaria N.° 01, en la que los miembros del Concejo Distrital de Checca,
por unanimidad, declararon improcedente la solicitud de vacancia. Dicha
decisión se plasmó en el Acuerdo de Concejo N.° 096-2013-MDCH-C-C, del 9 de
agosto de 2013, el cual fue materia de recurso de apelación por parte de los
recurrentes Yúber Alejandro Choquehuanca Roque y Moisés Chino Labra.
Finalmente
el jurado nacional de elecciones resolvió en su único artículo, archivamiento
definitivo del presente expediente y AGREGARLO como acompañado del Expediente
N.° J-2014-00288.
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